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viernes, 6 de abril de 2012

¿QUÉ TIPO DE TRIBUTACIÓN AFECTA A CADA FORMA DE ORGANIZACIÓN?     

A las personas naturales, microempresas familiares,Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L) y Sociedades Limitadas, se les aplica el régimen general de tributación, esto es, Impuestos de Primera Categoría, Global Complementario o Adicional, determinados mediante contabilidad.



Respecto al Impuesto al Valor Agregado (IVA), el régimen general comprende la emisión de documentos de ventas (Facturas, Boletas y otros) y la obligación de llevar el Libro de Compras y Ventas.

No obstante, cumpliendo con algunas condiciones especiales, se pueden acoger a regímenes simplificados de tributación, para el Impuesto a la Renta (artículos 22 y 84 de la Ley sobre Impuesto a la Renta), y para el IVA (artículo 29 de la Ley sobre impuesto a las Ventas y Servicios), además de poder optar a ser liberados de la obligación de llevar contabilidad completa (artículo 23 del Código Tributario).

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